miércoles, 8 de abril de 2026

https://www.larepublica.co/finanzas/como-puedo-declararme-en-quiebra-4223107 


https://www.larepublica.co/insolvencia


                                                 ESTADISTICA - EN LOS PROCESOS 



Más de 10.000 colombianos se declararon en quiebra este año, 53% más que en 2024

Según un análisis hecho por Insolvencia Colombia, 10.684 colombianos se habrían declarado en quiebra en el presente año 2025. Esto es una cifra alarmante debido a que significa un aumento de hasta 53,3% frente al año anterior.

La escalada de insolvencia se ve disparada cuando de una cifra cercana a 4.991 colombianos declarados en quiebra, aumenta hasta sobrepasar los 10.000. Por otro lado, las proyecciones de Insolvencia Colombia apuntarían a un panorama más desalentador, puesto que se estima que para el cierre del año podrían haber más de 16.000 personas en insolvencia.

El régimen de insolvencia se refiere a la Ley 2445 del Congreso de la República y surgió como revisión del Título IV de la Ley 1564 de 2012, referente a los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante y se dictarían allí, otras disposiciones.

Cómo declararse en insolvencia siendo persona natural

Existe una serie de requerimientos necesarios para la declaración de insolvencia, el primero sería haber cumplido con el pago de dos o más obligaciones financieras, ya sea como deudor o codeudor, otro requisito sería deberle a dos o más personas, o a dos o más entidades, también, haber dejado de pagar las obligaciones por más de 90 días o tener dos o más procesos ejecutivos en curso.

Un detalle importante es que si la persona que busca declararse en insolvencia se asegure de que, así tenga deudas al día, esté completamente seguro de que las que debe con atraso, sean por lo menos la mitad del total de la deuda.

Así funciona la ley de insolvencia

La ley de insolvencia tiene una serie de beneficios para las personas que recurren a acogerse con esta, varios de estos son: tener plazos de pago acordes a la situación económica, suspensión de medidas cautelares vigentes, impedimento de llamadas de cobranza por parte de las entidades y la detención del cobro de intereses, intereses en mora, gastos de cobranza y todos los procesos similares.

Para declararse como insolvente es necesario acudir a consultorios jurídicos, centros de conciliación de las alcaldías o de entidades públicas, el servicio de atención podría ser gratuito siempre y cuando la deuda no supere los $53,3 millones.

jueves, 13 de febrero de 2025

Reformas en Insolvencia Para Personas Naturales No Comerciantes: Congreso Promulga la Ley 2445 de 2025.





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Reformas en Insolvencia Para Personas Naturales No Comerciantes: Congreso Promulga la Ley 2445 de 2025.



l Congreso de la República ha promulgado la Ley 2445 de 2025, introduciendo importantes modificaciones al régimen de insolvencia para personas naturales no comerciantes. Esta nueva legislación busca ofrecer mayor protección y oportunidades para aquellos que enfrentan dificultades financieras y desean una segunda oportunidad.

Entre los cambios más destacados se encuentran:

  • Suspensión de descuentos automáticos por libranza: Desde el inicio del proceso de insolvencia, se suspenden estos descuentos, aliviando la carga financiera inmediata.
  • Protección contra cobros indebidos: Las entidades financieras no podrán realizar cobros indebidos, brindando una mayor seguridad a los deudores.
  • Más opciones para negociar acuerdos de pago: Se amplían las posibilidades de negociar acuerdos de pago y se establecen mecanismos para frenar embargos.
  • Inclusión de pequeños comerciantes: Ahora, los pequeños comerciantes también podrán acogerse a este proceso de insolvencia, ampliando el alcance de la ley.
  • Nuevas reglas para la ejecución de garantías mobiliarias: Se implementan procedimientos más ágiles y justos para la ejecución de estas garantías.

Con estas reformas, la Ley 2445 de 2025 representa un avance significativo en la protección de los derechos de los deudores y en la promoción de una economía más justa y equitativa.

Conoce más acá:

LEY No 2445 DEL 11 DE FEBRERO DE 2025 (1)_250212_150353.pdf


file:///C:/Users/Camil/Downloads/LEY%20No%202445%20DEL%2011%20DE%20FEBRERO%20DE%202025%20(1)_250212_150353.pdf




miércoles, 18 de diciembre de 2024

 

Sancionada la Ley 2437 de 2024, nuevo marco para la insolvencia empresarial en Colombia.



https://www.presidencia.gov.co/prensa/Paginas/Sancionada-la-Ley-2437-de-2024-nuevo-marco-para-la-insolvencia-empresarial-241216.aspx




Bogotá, 16 de diciembre de 2024

La Ley 2437 de 2024, sancionada el pasado 12 de diciembre por el Presidente, Gustavo Petro, establece un régimen permanente de insolvencia empresarial basado en los Decretos Legislativos 560 y 772 de 2020, promulgados durante la emergencia económica por la pandemia. 

Esta norma fue objetada por razones de inconstitucionalidad e inconveniencia por el Gobierno nacional, observaciones que fueron aceptadas por el Congreso de la República, lo que dio vía libre para su sanción. 

En este sentido, el Gobierno encontró que en el cuerpo de la iniciativa se vinculaban contenidos normativos que fueron declarados inexequibles por la Corte Constitucional y, la inconveniencia, el proyecto no contemplaba, de manera adecuada, la protección de las garantías laborales de los trabajadores frente a procesos de insolvencia de empresas.

Así, el Congreso aceptó las objeciones y se eliminó el parágrafo 3° de los artículos 18 y 19, declarado inconstitucional por la Corte Constitucional.

De la misma manera, incluyó un parágrafo que refuerza la protección de derechos laborales y prioriza el pago de acreencias laborales.

La nueva Ley busca preservar empresas viables, reorganizarlas o facilitar su liquidación cuando no sea posible su recuperación, otorgando especial protección a los derechos laborales y fomentando la estabilidad empresarial.

Aspectos principales de la Ley 2437 de 2024


1. Acceso expedito a mecanismos de reorganización y liquidación:

Se agilizan los trámites para que las empresas accedan rápidamente a estos procesos. La responsabilidad sobre la información financiera recae en el deudor y su contador o revisor fiscal, garantizando mayor rapidez administrativa.

2. Protección de los derechos laborales:

Las acreencias laborales serán preferenciales en los términos del Código Civil, bajo la supervisión de la Superintendencia de Sociedades. Esto asegura que los trabajadores tengan prioridad en los pagos durante procesos concursales.

3. Mecanismos de alivio financiero:

Se incluyen medidas como la capitalización de pasivos, descarga de deudas que excedan la valoración del deudor como empresa en marcha y pactos de deuda sostenible con reestructuración o reperfilamiento de obligaciones financieras.

4. Uso de tecnología e inteligencia artificial:

Para optimizar los procesos, la Superintendencia de Sociedades implementará herramientas digitales y de inteligencia artificial, garantizando acceso a los deudores sin recursos tecnológicos.

5. Reorganización abreviada y liquidación simplificada para pequeñas insolvencias:

Se crean procedimientos específicos para empresas con activos inferiores a 5.000 SMMLV, con procesos más rápidos y menos costosos, destinados a pequeñas empresas.

6. Rescate de empresas en liquidación inminente:

Acreedores pueden evitar la liquidación judicial aportando capital, siempre que se demuestre un patrimonio negativo y se asegure el cumplimiento de las obligaciones prioritarias.

Impacto en la economía nacional



La Ley 2437 no solo busca proteger el empleo y fortalecer el tejido empresarial, sino también fomentar la confianza entre acreedores y deudores. La inclusión de medidas como el estímulo a la financiación durante la negociación de acuerdos y los procedimientos de mediación a través de las cámaras de comercio prometen una recuperación más ágil para las empresas en crisis.

Esta legislación posiciona a Colombia como un referente en la región en términos de manejo de insolvencias, con un equilibrio entre sostenibilidad empresarial y justicia social.

jueves, 20 de junio de 2024

DECRETO DE SALVAMIENTO EMPRESARIAL: Decreto 560 y 772 de 2020

 

Decreto de Salvamiento

Noticias  Congreso en su último debate aprobó como legislación permanente los Decretos 560 y 772 de 2020

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Bogotá D.C., 19 de junio de 2024. El Congreso de la República aprobó de manera unánime el Proyecto de Ley 106 de 2023 Senado y 365 de 2024 de Cámara, por medio del cual se adoptó de manera permanente las medidas establecidas en los Decretos Leyes 560 y 772 de 2020. Esta decisión trascendental representa un compromiso crucial para proteger las empresas, preservar los empleos y salvaguardar el crédito, especialmente en el contexto del impacto económico generado por la pandemia del COVID-19.

Esta es una propuesta liderada por la Superintendencia de Sociedades con el apoyo de todas las bancadas del Congreso, que la presentaron como iniciativa parlamentaria. La incorporación de estos decretos en la legislación permanente marca un punto de inflexión en el régimen de insolvencia de Colombia, brindando la estabilidad y previsibilidad que tanto necesitan las empresas que navegan por entornos económicos desafiantes.

Esta decisión se alinea con las recomendaciones de organismos internacionales como las de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y la Organización para Cooperación y el Desarrollo Económico, enfatizando la importancia de armonizar los marcos de insolvencia con los estándares globales.

Las medidas aprobadas abarcan una amplia gama de disposiciones diseñadas para el salvamento empresarial, la protección de los empleos y la promoción de la reactivación económica. Entre las medidas aprobadas se encuentran:

1.     Acceso Expedito y Alivio Financiero: Se establecen mecanismos simplificados para facilitar la reorganización empresarial, ofreciendo plazos de pago flexibles y alivio financiero para las cargas financieras que enfrentan las empresas.

2.     Estímulo a la Financiación y Salvamento Empresarial: Se fomentan las iniciativas para la financiación del deudor y se establecen mecanismos de rescate para empresas al borde de la liquidación, previniendo su desaparición y protegiendo su viabilidad.

3.     Negociación de Acuerdos de Reorganización y Procedimientos de Recuperación: Se implementan marcos sólidos para guiar la negociación de acuerdos de reorganización y procedimientos de recuperación, priorizando la cobertura y la atención a los deudores, asegurando soluciones justas y equitativas para todas las partes involucradas.

4.     Régimen de Insolvencia y Protección Empresarial: Se establecen directrices claras para definir un régimen de insolvencia efectivo, promoviendo el uso de herramientas tecnológicas e implementando mecanismos robustos para proteger las empresas y los empleos, salvaguardando el tejido empresarial y el bienestar de los trabajadores.

5.     Recuperación de Valor en Procesos de Liquidación: Se priorizan estrategias efectivas para la recuperación de valor en los procesos de liquidación, enfatizando la adjudicación en bloque o como unidad productiva, maximizando el retorno de activos y minimizando las pérdidas para acreedores y deudores.

6.     Fortalecimiento de los Auxiliares de la Justicia: Se amplía la lista de auxiliares de la justicia para atender de manera eficaz el creciente volumen de procedimientos de insolvencia, garantizando una atención oportuna y especializada a las empresas en dificultades.

7.     Procesos Expeditos de Reorganización y Liquidación Judicial Simplificada: Se establecen procedimientos simplificados para agilizar la resolución de casos de insolvencia de menor tamaño, optimizando los recursos y brindando soluciones más rápidas y eficientes a las empresas afectadas.

8.     Aplicación Subsidiaria de la Ley 1116 de 2006: Se establece la aplicación subsidiaria de la Ley 1116 de 2006 para los procesos de reorganización expedita y liquidación judicial simplificada, brindando un marco legal sólido y coherente para este tipo de procedimientos.

9.     Armonización Internacional: Colombia se alinea con los estándares internacionales en materia de insolvencia, asegurando el cumplimiento de los compromisos internacionales del país y promoviendo la integración del marco legal nacional con las mejores prácticas globales.

10.   Beneficios Legales Específicos para Pequeñas Empresas: Se implementa legislación a medida para atender las necesidades particulares de las pequeñas empresas, empleando mecanismos menos intervencionistas que facilitan la búsqueda de soluciones justas y equitativas entre acreedores y deudores, fomentando su crecimiento y sostenibilidad.

11.   Competitividad y Confianza de los Inversores: Se reconoce la importancia de los marcos legales y regulatorios sólidos para la inversión, enfatizando la necesidad de proteger las inversiones y mejorar la competitividad del país, creando un entorno más atractivo para la inversión nacional y extranjera.

12.   Impulso al Desarrollo Económico y la Economía Popular: El Plan Nacional de Desarrollo enfatiza el impulso a la Economía Popular y Comunitaria, reconociendo su papel fundamental en la generación de empleo y el dinamismo económico, y promoviendo medidas para fortalecer este sector vital.

13.   Eficiencia en los Procedimientos Concursales: Se establecen regulaciones para fortalecer la economía popular, especialmente las pequeñas y microempresas.

Al respecto el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar, señaló “Esto es un hito muy importante para el salvamento empresarial, recogiendo las bondades de los Decretos 560 y 772 de 2020, que apoyaron a las empresas en las dificultades que sufrieron durante la pandemia, lo cual nos permite construir sobre lo construido, fortaleciendo el ecosistema empresarial colombiano y el impulso a la recuperación económica.

El Congreso de Colombia al aprobar la adopción permanente de las medidas establecidas en los Decretos Leyes 560 y 772 de 2020, representa un compromiso para proteger y salvar las empresas, preservar empleos y salvaguardar el crédito”

viernes, 23 de febrero de 2024

 


Gobierno alista reforma a ley de insolvencia: Supersociedades explica en qué consiste


El Superintendente de Sociedades, Billy Escobar, dice que habrá trato justo a pequeños acreedore.



POR:
CONSTANZA GÓMEZ GUASCA

La Superintendencia de Sociedades prepara un proyecto ley para reformar la Ley 1116 de 2006 de insolvencia empresarial, el cual espera radicar en el Congreso el próximo 20 de julio. Se busca, por ejemplo, un mecanismo justo y equilibrado para que pequeños acreedores salgan bien librados en estos procesos.

En diálogo con Portafolio, el superintendente de Sociedades, Billy Escobar, señaló que, además, se espera que este semestre termine el trámite del proyecto de ley que convierte en permanentes las disposiciones de salvamento -decretos 560 y 772 del 2020 - que surgieron para atender empresas en crisis a causa de la pandemia y que, en esencia, agilizan los procesos y benefician a las pymes.

¿En qué trabaja la entidad?

Desde que llegamos hemos querido cambiar la agenda de la Superintendencia en el marco de lo social. Eso implica pensar en quiénes son los afectados en lo que nosotros hacemos y concluimos que son los ciudadanos de a pie. El trabajo ha consistido en hacer entender a los diferentes actores que se mueven en la entidad que nuestro fin último no es hacer negocios, sino salvar las empresas y el trabajo.

¿Cuál sería el logro de la entidad en el 2023?


Entender que no somos la Superintendencia de las capitales, sino que somos una entidad de todos los municipios del país. Por eso salimos de las oficinas y nos fuimos a las regiones. También hemos trabajado para mostrar que no soy el Superintendente de las grandes empresas, sino también de las unipersonales, de las de familia, de las incipientes, de las que no se han formalizado.

(Siga leyendo: ¿Quiere trabajar desde casa?: tres plataformas para encontrar empleo remoto)

¿Qué busca?

Fortalecer ese empresariado para impulsar la generación de empleo y de riqueza con una Superintendencia que prevenga, que oriente, que acompañe, más que sancione, multe o cierre.

¿Hay herramientas?

Una es poder mantener los decretos que en Emergencia Económica se expidieron y, afortunadamente, el Congreso ya lo ha promovido. Seguramente será ley de la República dentro de poco porque ha surtido los primeros debates en Senado. Se ha tramitado sin objeción alguna.

¿Qué se gana con esas disposiciones?


La celeridad en los procesos. Algunos que duraban tres años han podido cumplirse en tres meses. También es clave la virtualidad de muchas acciones. Y se gana innovación desde el punto de vista de lo procesal y lo procedimental.

¿Qué otros planes tienen?

Estamos emprendiendo una revisión normativa, integral, de todo el tema del derecho empresarial. Vemos que hay necesidad de fortalecer la norma en el camino de proteger más al usuario y al ciudadano que resulta afectado. Un ejemplo es Justo & Bueno, en donde se liquida una empresa y, finalmente, no se le paga a ese pequeño empresario que puso sus productos o arrendó un local. Se diluyó la empresa y nadie respondió. Entonces creemos conscientemente que hay que hacer una revisión profunda a todo el sistema legal alrededor del salvamento de las empresas. Insisto en la palabra salvamento, no insolvencia.

¿Es otro enfoque?


Al verbo salvar hay que darle prelación frente a la insolvencia y eso se debe ver reflejado desde el principio filosófico de la norma y de ahí para allá en la regulación. Creo que será una revolución del control, del salvamento y la supervivencia de las empresas.

¿Cuál es el paso a seguir?

Hemos hablado con los empresarios directamente, con asociaciones y la academia sobre la necesidad de una reforma. Tenemos insumos suficientes y sigue consolidar el proyecto de ley.

(Vea: Impuestos 2024: los tributos que entraron en vigencia este año y otros detalles)

¿Qué más incluiría?

Hoy fácilmente se puede constituir una empresa en el país y eso no está mal pero, de pronto, estamos pensando más en darle otro papel a las cámaras de comercio en esa función sobre el seguimiento a la vida de las compañías. También estamos buscando y elaborando herramientas tecnológicas que nos permitan hacer una mejor prevención para saber el estado de las empresas antes de que lleguen a los procesos de insolvencia. Queremos desarrollar herramientas de analítica con ese fin.

¿Cuándo presentarían el proyecto de ley?

La idea es presentarlo pronto al Congreso, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que es nuestro gran aliado y mentor.

¿Qué otras acciones tienen?


Llegar a las regiones. En el 2023 fuimos muy exitosos y lo que empezó como unas campañas de salvamento de empresas ahora está acompañado de unas ferias empresariales. Este año vamos a empezar con Quibdó, el 14 y 15 de marzo. Ahí vamos a ayudarles a las empresas en dificultades.

Al identificar que están mal de plata y que ello puede obedecer a causas externas, no sería justo que llegara a ver cómo la liquidamos. Cambié la estrategia para pensar, más bien, cómo le ayudamos. Entonces empezamos a invitar a la banca pública y ahora llegamos con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales que quieren invertir en empresas para promoverlas y ayudarlas. Esa estrategia no tiene precedente.

CONSTANZA GÓMEZ GUASCA
Periodista de Portafolio